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⚖️ GUÍA PILAR NORMATIVA LABORAL 2026 · PERÚ

Control de Asistencia en el Perú: Todo lo que exige SUNAFIL (D.S. 004-2006-TR)

El marco normativo definitivo, criterios del Tribunal de Fiscalización Laboral, tabla de multas por UIT, errores sancionados y checklist interactivo para blindar a tu empresa.

⏱️ Lectura: 14 min•🏛️ Marco Legal: D.S. 004-2006-TR•📅 Actualizado: 2026
📌 RESUMEN EJECUTIVO (CRITERIO SUNAFIL 2026)

En el Perú, todo empleador del régimen privado está obligado por el Decreto Supremo N° 004-2006-TR a llevar un registro permanente y personal de control de asistencia. El Tribunal de Fiscalización Laboral ha reiterado que las hojas de tareo y los archivos de Excel no constituyen registros válidos debido a su falta de inalterabilidad y seguridad, exponiendo a la empresa a multas que superan los S/ 270,000 según la escala de UIT vigente.

1. El nuevo panorama de fiscalización laboral en Perú

El control de asistencia en las empresas peruanas dejó de ser un simple trámite administrativo de recursos humanos para convertirse en uno de los principales focos de contingencia legal y económica.

Durante el periodo 2025-2026, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) ha incrementado las inspecciones no programadas y los operativos focalizados en sectores de alta rotación como industria, salud, minería, retail, call centers y agroexportación.

«El registro de asistencia es el único medio probatorio idóneo para acreditar la jornada efectiva de trabajo y la inexistencia de sobretiempo no remunerado. La carga de la prueba recae exclusivamente en el empleador.»— Criterio uniforme del Tribunal de Fiscalización Laboral (Resolución N° 001-2022-SUNAFIL/TFL).

2. ¿Qué exige obligatoriamente el Decreto Supremo N° 004-2006-TR?

El Decreto Supremo N° 004-2006-TR y sus normas complementarias establecen con precisión técnica qué debe contener el registro y qué obligaciones formales debe cumplir el centro de trabajo:

01

Marcación Personalísima

El trabajador debe consignar directamente su ingreso y salida. Está prohibido el registro por delegación o por el jefe directo.

02

Inalterabilidad y Seguridad

El soporte físico o digital debe contar con medidas técnicas que impidan su adulteración, borrado o modificación posterior.

03

Registro de Sobretiempo

Debe consignarse con precisión de minutos cualquier permanencia del colaborador fuera de su jornada ordinaria pactada.

04

Disponibilidad Inmediata

El registro debe ser exhibido de inmediato a los inspectores de SUNAFIL o al sindicato en el momento del requerimiento.

¿Qué campos obligatorios debe contener cada registro?
  • Nombre o razón social del empleador y número de RUC.
  • Nombre completo y número de DNI o Carné de Extranjería del trabajador.
  • Fecha exacta de la jornada.
  • Hora exacta de ingreso y hora exacta de salida.
  • Horas laboradas en sobretiempo (horas extras).

3. Análisis de Métodos de Registro: ¿Qué sirve y qué genera multas?

Muchas empresas continúan utilizando métodos obsoletos creyendo que cumplen formalmente con la ley. A continuación, el análisis de validez legal según las resoluciones sancionadoras de SUNAFIL:

Método de RegistroValidez ante SUNAFILRiesgo de SanciónDiagnóstico Legal
Cuaderno FísicoNo RecomendadoMuy AltoFácilmente manipulable, susceptible de extravío, tachas o firmas cruzadas.
Hojas de TareoInválidoCríticoEl TFL determinó que el tareo es un control interno y NO un registro de asistencia válido.
Archivos de ExcelInválidoCríticoCarece de trazabilidad criptográfica, fechas de modificación auditables y firma de no-repudio.
Reloj Biométrico + Software SICON RH100% VálidoNulo / BlindadoMarcación biométrica inalterable, bitácora antes/después (Ley 29733) y código Hash de seguridad.
App Móvil con Geocerca GPSVálidoNulo / BlindadoAprobado para teletrabajo (Ley 31572) y personal itinerante o de campo.

4. Escala de Multas de SUNAFIL por Infracciones en Asistencia

Las infracciones relacionadas con el control de asistencia están tipificadas en el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo (Decreto Supremo N° 019-2006-TR):

INFRACCIÓN LEVE

No exhibir el horario de trabajo

No mantener visible en el centro de labores el horario de ingreso, salida y tiempo de refrigerio.

Hasta 15.52 UIT
INFRACCIÓN GRAVE

No llevar el registro de asistencia

No contar con el registro permanente o no incluir los datos mínimos exigidos por el D.S. 004-2006-TR.

Hasta 26.12 UIT
INFRACCIÓN MUY GRAVE

No pagar o no registrar horas extras

Disponer o permitir el sobretiempo sin el pago de las sobretasas legales (25% y 35%) o sin registro idóneo.

Hasta 52.53 UIT

5. Checklist Interactivo: Evalúa el Riesgo de tu Empresa

Marca los elementos que tu organización tiene implementados actualmente para obtener un diagnóstico inmediato de tu nivel de cumplimiento:

DIAGNÓSTICO EN VIVO:

Alto Riesgo (Sujeto a Multas Graves)

0%

Tus métodos actuales (Excel/cuadernos/tareo) no resisten el escrutinio de una inspección laboral.

6. Cómo proteger a tu empresa con SICON RH

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